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Guía de cumplimiento de maquinaria

Reglamento de Maquinaria 2023/1230: Guía de transición para fabricantes

La Directiva de Maquinaria que ha regulado la seguridad de la maquinaria de la UE desde 2006 está siendo reemplazada por un Reglamento, con categorías ampliadas de alto riesgo, requisitos explícitos de ciberseguridad y reglas diseñadas para maquinaria conectada y habilitada para IA. Esto es lo que cambia y cómo prepararse.

Fechas clave

FechaHito
14 de junio de 2023Reglamento (UE) 2023/1230 adoptado formalmente
29 de junio de 2023Publicado en el Diario Oficial de la UE
20 de julio de 2023Entró en vigor
20 de enero de 2027Fecha de aplicación completa: Directiva sobre máquinas 2006/42/CE derogada
⚠ Directiva fuera, Reglamento en A diferencia de la antigua Directiva de Maquinaria, que cada país de la UE transpuso a la legislación nacional con pequeñas variaciones, el Reglamento de Maquinaria se aplica directa e idénticamente en todos los estados miembros. No hay ningún paso de transposición nacional ni espacio para divergencias locales en los requisitos básicos.

Qué cambia: Directiva vs Reglamento

Directiva sobre máquinas 2006/42/CE (hasta el 20 de enero de 2027)Reglamento de Maquinaria (UE) 2023/1230 (desde el 20 de enero de 2027)
Forma jurídicaDirectiva — transposición nacionalReglamento — directamente aplicable
Lista de categorías de alto riesgoAnexo IV — lista fijaAnexo I: ampliado, incluye funciones de seguridad de software e IA
CiberseguridadNo abordadoRequisito esencial explícito
Instrucciones/formato DoCPapel por defectoFormato digital explícitamente permitido
Software como componente de seguridadTratamiento ambiguoDe alcance explícito, incluidas las actualizaciones de software posteriores a la comercialización
Modificación sustancialBasado en jurisprudencia/orientacionesCriterios definidos formalmente

Maquinaria de Alto Riesgo Ampliada (Nuevo Anexo I)

La nueva lista del Anexo I de maquinaria que requiere evaluación obligatoria por parte de un tercero (organismo notificado) es más amplio que el antiguo Anexo IV. Ahora incluye explícitamente:

  • Maquinaria con total o parcial comportamiento de evolución propia utilizando sistemas de IA que garantizan funciones de seguridad
  • Cierta maquinaria destinada a ser utilizada por consumidores donde un sistema de IA garantiza funciones de seguridad
  • Maquinaria diseñada para eliminar peligros biológicos (por ejemplo, determinada maquinaria de higienización/desinfección)
  • Las categorías de alto riesgo cubiertas anteriormente del antiguo Anexo IV (determinadas máquinas para trabajar la madera, prensas, máquinas de moldeo por inyección/compresión, máquinas subterráneas, equipos de elevación de personas, etc.), se mantienen en gran medida

Los fabricantes cuyos productos se autocertificaron según la antigua Directiva deberían volver a comprobar específicamente si la IA integrada, la toma de decisiones autónoma o las funciones de seguridad basadas en software ahora incluyen su maquinaria en el Anexo I ampliado; la autodeclaración puede que ya no sea suficiente.

La ciberseguridad como requisito esencial

Por primera vez, los requisitos esenciales de salud y seguridad de la maquinaria abordan explícitamente protección contra la corrupción. Cuando la función de seguridad de una máquina depende de un sistema conectado o digital, el fabricante debe diseñarla de manera que un compromiso de ciberseguridad (malicioso o accidental) no pueda crear una situación peligrosa. Esto se superpone con las obligaciones establecidas en elLey de resiliencia cibernética de la UEpara productos con elementos digitales; Los fabricantes de maquinaria con productos conectados pueden necesitar cumplir ambos marcos.

Instrucciones digitales y declaración de conformidad

El Reglamento permite explícitamente instrucciones de uso solo digitales y una Declaración UE de conformidad digital, siempre que:

  • La maquinaria (o material adjunto) indica claramente cómo acceder a la versión digital
  • Se proporciona una copia impresa gratuita dentro de los 15 días si el comprador lo solicita en el momento de la compra.
  • Es posible que aún sea necesario proporcionar en papel las advertencias críticas para la seguridad que deben comprenderse antes del primer uso, dependiendo de la evaluación de riesgos.

Actualizaciones de software y modificaciones sustanciales

El Reglamento aborda formalmente cuándo un cambio en la maquinaria, incluido un actualización de software — cuenta como una "modificación sustancial" que requiere una nueva evaluación de la conformidad. En términos generales: una modificación que no fue prevista o anticipada en la evaluación de riesgos del fabricante original, y que crea un nuevo peligro o aumenta un riesgo existente, es sustancial y genera nuevas obligaciones (potencialmente para la parte que realiza la modificación, no solo para el fabricante original). Esto es cada vez más importante para la maquinaria que recibe actualizaciones de software remotas/OTA después de su comercialización.

Disposiciones Transitorias

Maquinaria comercializada legalmente según la Directiva de Máquinas antes 20 de enero de 2027 generalmente puede seguir estando disponible y puesto en servicio según las reglas antiguas, siempre que su diseño y uso previsto permanezcan sin cambios. Los fabricantes no deben esperar hasta la fecha de solicitud para actuar: se espera que la capacidad de los organismos notificados para las nuevas categorías del anexo I se vea limitada en el período previo a 2027, lo que refleja la presión de capacidad observada con el MDR.

Preparándose para la transición

  1. Verificación de brechas con el nuevo Anexo I — ¿Su maquinaria ahora requiere una evaluación de terceros donde antes no la necesitaba?
  2. Revisar las funciones de seguridad conectadas/controladas por software frente al nuevo requisito de ciberseguridad
  3. Decidir el formato de la documentación — las instrucciones digitales pueden reducir los costos de impresión/localización pero requieren un mecanismo de acceso
  4. Involucrar a un organismo notificado con anticipación si su producto cae en una categoría ampliada de alto riesgo, dadas las limitaciones de capacidad esperadas más cerca de 2027
  5. Revise su política de modificación sustancial para productos que reciben actualizaciones de software posteriores a la comercialización

¿No está seguro si su maquinaria necesita una nueva evaluación?

Envíe una solicitud en ECP que describa su maquinaria y cualquier característica de inteligencia artificial, software o conectividad. Lo enviamos a organismos notificados, laboratorios de pruebas y consultores de cumplimiento de maquinaria que pueden confirmar su estado en el Anexo I antes de la fecha límite de 2027.

Vea cómo ECP puede ayudarle

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se aplica el Reglamento de Máquinas 2023/1230?
Entró en vigor el 20 de julio de 2023 y se aplica desde el 20 de enero de 2027, cuando deroga la Directiva de Máquinas 2006/42/CE. Las máquinas comercializadas antes de esa fecha en virtud de la antigua Directiva generalmente pueden seguir vendiéndose si su diseño no ha cambiado.
¿Por qué la Directiva de Máquinas se convirtió en Reglamento?
Un Reglamento se aplica directa e idénticamente en todos los estados miembros sin transposición nacional, eliminando inconsistencias de 27 implementaciones diferentes, y permitió a la UE modernizar las reglas para maquinaria digital, conectada y habilitada para IA en un solo instrumento.
¿Qué mecanismo requiere ahora una evaluación de terceros que antes no lo hacía?
El nuevo Anexo I amplía la evaluación de terceros a maquinaria con funciones de seguridad de IA autoevolutivas, cierta maquinaria de consumo donde la IA garantiza la seguridad y maquinaria que elimina peligros biológicos. Vuelva a comprobar su producto incluso si anteriormente estaba autocertificado.
¿Ahora se permiten instrucciones de uso digitales?
Sí, siempre que el acceso esté claramente indicado y se entregue una copia impresa gratuita dentro de los 15 días si el comprador la solicita al momento de la compra.
¿El Reglamento sobre máquinas aborda la ciberseguridad?
Sí, la maquinaria con funciones de seguridad conectadas debe diseñarse de modo que un compromiso de ciberseguridad no pueda crear una situación peligrosa, un nuevo requisito esencial que no estaba presente en la antigua Directiva.

Encuentre el proveedor adecuado

Organismo notificado

Requerido para maquinaria en las categorías ampliadas de alto riesgo del Anexo I.

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Laboratorio de pruebas

Seguridad, EMC y pruebas funcionales para maquinaria y sistemas de control integrados.

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Representante autorizado en la UE

Obligatorio para los fabricantes no pertenecientes a la UE que colocan maquinaria en el mercado de la UE.

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